miércoles, 3 de agosto de 2011

El anuncio del aumento a los jubilados en esta fecha, ¿viola el código electoral?

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció hoy  el decreto que define los aumentos de las jubilaciones en función de la ley 24.241 de Movilidad Previsional. Según este artículo, el decreto podría haberse emitido (y por lo tanto anunciarse) hasta el 20 de agosto, o sea, después de las elecciones primarias del 14. De ser correcta esta esta aseveración, la presidenta podría haber violado la prohibición de la ley 19945 Código Electoral Nacional.



Artículo 64 quater. Publicidad de los actos de gobierno. Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.



¿Habrá algún funcionario judicial electoral, juez, fiscal, dispuesto a evaluar si se deberían aplicar las sanciones previstas en la misma ley?

Artículo 133 bis.- Publicidad de actos de gobierno. Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos.

Hernán Charosky, director ejecutivo

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